Seudonimización y anonimización: diferencias y cuándo usar cada una
Seudonimizar y anonimizar suenan parecido, pero tienen consecuencias legales muy distintas. Un dato anonimizado deja de ser un dato personal; un dato seudonimizado sigue siéndolo. Esta guía explica la diferencia según la Ley 19.628, con el texto de la Ley 21.719, y cuándo conviene usar cada técnica.
Las definiciones de la ley
«Anonimización: procedimiento irreversible en virtud del cual un dato personal no puede vincularse o asociarse a una persona determinada, ni permitir su identificación, por haberse destruido o eliminado el nexo con la información que vincula, asocia o identifica a esa persona. Un dato anonimizado deja de ser un dato personal.»Ley 19.628, artículo 2°, letra k
«Seudonimización: tratamiento de datos personales que se efectúa de manera tal que ya no puedan atribuirse a un titular sin utilizar información adicional, siempre que dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona natural identificada o identificable.»Ley 19.628, artículo 2°, letra l
La diferencia, en una tabla
| Seudonimización | Anonimización | |
|---|---|---|
| ¿Se puede volver atrás? | Sí, con la información adicional (la «llave») | No: es irreversible |
| ¿Sigue siendo dato personal? | Sí: se aplica toda la ley | No: deja de ser dato personal |
| Ejemplo | Un documento donde el nombre se reemplaza por [PERSONA_1] y la tabla de equivalencias se guarda aparte | Una estadística de reclamos por comuna, sin ningún dato que permita llegar a una persona |
| Para qué sirve | Reducir el riesgo al trabajar o compartir documentos | Conservar o publicar información sin datos personales |
Dónde aparece cada una en la ley
- La seudonimización es una medida de seguridad. El artículo 14 quinquies la menciona expresamente, junto con el cifrado, entre las medidas técnicas y organizativas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo.
- La anonimización es una salida al plazo de conservación. El principio de proporcionalidad dice que, cumplida la finalidad, los datos «deben ser suprimidos o anonimizados» (artículo 3°, letra c). Varias normas de la ley piden anonimizar antes de publicar resultados de estudios o investigaciones.
Cuándo usar cada una
Seudonimizar cuando…
- hay que enviar un documento a un tercero (un abogado, un perito, un proveedor) que no necesita saber quién es la persona;
- se usa una herramienta externa, como un servicio de inteligencia artificial, para analizar o resumir un documento;
- se quiere reducir el impacto de una eventual vulneración: si se filtra un documento seudonimizado, sin la llave, el daño es menor.
Anonimizar cuando…
- la finalidad ya se cumplió pero se quiere conservar la información para estadísticas o análisis históricos;
- se van a publicar resultados o compartir datos agregados sin ningún vínculo posible con las personas.
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Agenda una demo por WhatsAppVer planesEl riesgo de la falsa anonimización
Quitar el nombre y el RUT no basta. Una combinación de fecha de nacimiento, comuna y cargo puede bastar para identificar a una persona. Si la información todavía permite llegar a alguien, no está anonimizada: está, a lo sumo, seudonimizada, y sigue sujeta a toda la ley. Ante la duda, conviene tratarla como dato personal.
Errores frecuentes
- Guardar la llave junto al documento seudonimizado. La ley exige que la información adicional figure por separado y esté protegida.
- Llamar «anónimo» a lo que es reversible. Si se puede volver atrás, sigue siendo dato personal.
- Olvidar las fechas, direcciones y números de documento. No solo los nombres identifican.
Cómo lo resuelve DPOCentral
El módulo de pseudonimización de DPOCentral detecta los datos personales en documentos Word, PDF y planillas Excel (nombres, RUT, direcciones, teléfonos, correos) y los reemplaza por marcas como [PERSONA_1] o [RUT_1]. Antes de usar el resultado, el usuario revisa las marcas propuestas, y la tabla de equivalencias queda separada del documento.
Esta guía explica la Ley 19.628, con las modificaciones de la Ley 21.719, a partir de su texto oficial publicado por la Biblioteca del Congreso Nacional. Es material informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado para un caso concreto.